Tribunal Supremo: Adiós al «Reseteo» del Absentismo Laboral – El Cambio que Cambia Todo en 2026

Una sentencia del Tribunal Supremo está a punto de revolucionar la forma en que se mide el absentismo laboral en España. Desde ahora, las ausencias injustificadas ya no se contarán por meses naturales, sino «de fecha a fecha», eliminando el habitual reseteo del contador al cambiar de mes. Este cambio de criterio facilita que las empresas puedan agrupar ausencias antes dispersas para justificar un despido disciplinario, siempre que el convenio colectivo lo avale.

¿Hasta Cuándo Puedo Faltar al Trabajo Sin que Me Echern?

La respuesta no es tan simple como parece. Cada convenio establece el número de faltas por las que se justifica un despido, pero la norma no fija un umbral concreto de faltas injustificadas que actúe como línea roja automática. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores habla de «faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad», dejando en manos de los convenios colectivos y de los tribunales la apreciación de cuándo esa reiteración rompe la confianza contractual.

El Caso que Cambió las Reglas: La Sentencia 1283/2025

El debate ha cobrado actualidad tras el nuevo criterio fijado por el Supremo en diciembre del 2025 (Sala de lo Social, sentencia 1283/2025, recurso 702/2025). El tribunal estableció que «cuando un convenio se refiere a faltas cometidas en el plazo de un mes, ese periodo debe computarse de fecha a fecha y no por meses naturales».

Ejemplo Práctico: El Escudo Protector Desaparece

Imaginemos que el convenio de un empleado fija el despido tras tres faltas injustificadas en un mes. Hasta ahora, muchos trabajadores jugaban con el calendario: si alguien faltaba el 25 y el 28 de marzo, y volvía a ausentarse el 10 de abril, el cambio de mes natural hacía de escudo protector. Al llegar el 1 de abril, el supuesto «marcador» se reseteaba y las faltas de marzo dejaban de sumar junto a las de abril.

Ahora, con el nuevo criterio del Supremo, desaparece ese blindaje. Siguiendo el mismo ejemplo, con la primera ausencia del 25 de marzo se activa un cronómetro que no se detiene hasta el 25 de abril. Al ser ahora «de fecha a fecha», la falta de abril queda atrapada en el mismo periodo de 30 días que las anteriores. Esto permite a la empresa sumar las tres ausencias y, si lo estima, proceder legalmente al despido disciplinario.

Absentismo Elevado: Datos Oficiales

Desde el Instituto Nacional de Estadística se constata que el fenómeno no es menor. Según la última Encuesta de Población Activa, la tasa de absentismo se situó en torno al 7% de las horas pactadas, un porcentaje que el organismo describe como «el más elevado de la última década», aunque esa cifra incluye tanto ausencias justificadas como no justificadas.

Faltar No es lo Mismo que Estar de Baja

Una de las confusiones más extendidas es equiparar cualquier ausencia con un incumplimiento sancionable. No es lo mismo faltar sin causa que encontrarse en situación de incapacidad temporal reconocida médicamente. Tras la derogación del antiguo artículo 52.d, ya no es posible despedir por la mera acumulación de bajas justificadas.

La Única Línea Roja Real: La Justificación

La abogada Pilar Baltar, socia de Roca Junyent y presidenta de la Sección de Derecho Laboral del ICAB, advierte de que el cambio no debe interpretarse como una carta blanca para despedir en treinta días. «El Supremo no ha creado un número mágico de faltas que permitan despedir automáticamente, sino que ha aclarado cómo debe medirse el periodo en el que esas ausencias se valoran».

La respuesta más precisa a la pregunta inicial es que no existe un límite universal válido para todos, aunque sí existe un criterio claro ya en este 2026. La frontera no está en un número exacto de días, sino en el momento en que la ausencia deja de estar justificada y pasa a ser reiterada en los términos que marque el convenio aplicable.


Tags y Frases Virales:

  • AbsentismoLaboral2026

  • CambioDeReglas

  • ReseteoEliminado

  • DespidoDisciplinario

  • TribunalSupremo

  • DerechoLaboral

  • FaltasInjustificadas

  • DeFechaAFecha

  • ConvenioColectivo

  • EstatutoDeLosTrabajadores

  • «El escudo protector desaparece»
  • «Adiós al reseteo del contador»
  • «La única línea roja real: la justificación»
  • «El cambio que cambia todo en 2026»
  • «Absentismo elevado: el 7% récord»
  • «No es lo mismo faltar que estar de baja»
  • «El Supremo aclara cómo se mide el periodo»
  • «La frontera no está en un número exacto»
  • «Carta blanca para despedir: falso mito»
  • «La reiteración como clave del despido»
  • «Ausencias injustificadas: el nuevo cómputo»
  • «Impacto real del cambio de criterio»
  • «El absentismo laboral bajo la lupa»
  • «Cómo afecta la sentencia a tu trabajo»

,


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *