El 8 de abril arranca la campaña de la Renta 2025: claves para jubilados y pensionistas
La Agencia Tributaria da el pistoletazo de salida a la campaña de la Renta 2025 el próximo 8 de abril, y la fecha límite para presentar la declaración es el 30 de junio. En un contexto de ajustes fiscales y nuevas deducciones, millones de contribuyentes, especialmente jubilados y pensionistas, se preparan para afrontar este trámite anual. Pero, ¿están realmente exentos de presentar la declaración quienes viven de una pensión?
Obligación de presentar la Renta: ¿qué dicen las cifras?
A pesar de la creencia común de que los pensionistas no deben presentar la declaración de la Renta, la realidad es que la obligación no depende de la edad o de la condición de jubilado, sino de los ingresos percibidos. En 2025, la normativa es clara:
- Con un solo pagador (por ejemplo, una única pensión pública), estás obligado a presentar la declaración si tus ingresos anuales superan los 22.000 euros.
- Con dos o más pagadores (por ejemplo, pensión pública más pensión privada o complementos), el umbral baja a 15.876 euros anuales, siempre que el segundo y siguientes pagadores superen los 1.500 euros.
Este escenario es habitual entre jubilados que combinan prestaciones públicas con planes de pensiones privados o rentas de alquiler. Además, existen pensiones exentas de tributación, como las de incapacidad permanente, gran invalidez, orfandad, víctimas del terrorismo o de la Guerra Civil, que no requieren declaración.
Deducciones y ventajas fiscales: oportunidades para ahorrar
Aunque no estés obligado a presentar la Renta, puede ser muy ventajoso hacerlo para aplicar deducciones y reducir tu carga impositiva. Los jubilados y pensionistas pueden beneficiarse de:
- Mínimo personal y familiar: Para mayores de 65 años, el mínimo exento es de 6.700 euros; a partir de 75 años, asciende a 8.100 euros.
- Venta de vivienda habitual: Si tienes más de 65 años y vendes tu casa, las ganancias están exentas de impuestos.
- Gastos médicos: En comunidades como Cantabria, Canarias o la Comunidad Valenciana, es posible deducir gastos odontológicos, oftalmológicos, ayuda doméstica o cuidado de mayores.
- Gastos de hipoteca: Si compraste tu vivienda antes del 1 de enero de 2013, puedes deducirte los intereses hipotecarios, con un ahorro máximo anual de 1.356 euros.
Cómo presentar la Renta si estás jubilado
Los jubilados tienen a su disposición las mismas vías que el resto de contribuyentes:
- Modalidad online: Desde el 8 de abril hasta el 30 de junio, a través de la web de la Agencia Tributaria, identificándote con Cl@ve, certificado digital, número de referencia o DNI electrónico.
- Modalidad telefónica: Disponible desde el 6 de mayo, previa cita a partir del 29 de abril.
- Modalidad presencial: A partir del 1 de junio, también con cita previa desde el 29 de mayo, con atención personalizada de un técnico de Hacienda.
Conclusión: no dejes pasar la oportunidad
La campaña de la Renta 2025 es una oportunidad para regularizar tu situación fiscal y, en muchos casos, recuperar parte de tu dinero. Revisa tus ingresos, conoce tus derechos y aprovecha las deducciones a las que puedes tener derecho. La información y la planificación son clave para que la declaración no te pille por sorpresa y, si es posible, que te salga a devolver.
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¡No esperes al último momento y revisa tu situación fiscal con tiempo! La campaña de la Renta 2025 puede ser más sencilla y rentable de lo que imaginas.
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