El TSXG avala el despido de un ayudante de cocina que estaba de baja por inflamación testicular: «No fue por su salud»

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia que confirma el despido de un trabajador que se encontraba de baja médica por una orquitis, una inflamación dolorosa de los testículos, y que la empresa argumentó como una medida organizativa motivada por pérdidas económicas. La decisión ha generado debate sobre los límites entre la reestructuración empresarial y la protección de la salud laboral.

Una baja médica que coincidió con una reestructuración

Los hechos se remontan a abril de 2024, cuando el trabajador, un ayudante de cocina, fue contratado por una empresa hostelera. En mayo de ese mismo año, comenzó a sufrir los síntomas de una orquitis, una afección que provoca inflamación y dolor intenso en los testículos, y se ausentó de su puesto de trabajo por baja médica.

Apenas tres meses después, en agosto, la empresa le comunicó que su contrato sería rescindido el 31 de ese mes. La justificación que le dieron fue la necesidad de reorganizar el negocio tras la temporada estival, un argumento habitual en el sector hostelero ante la caída de la actividad fuera de la temporada alta. Además, la empresa le ofreció una indemnización de 33 días por año trabajado, conforme a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores para un despido improcedente.

El trabajador denunció discriminación por salud

El empleado no aceptó la decisión y decidió acudir a la vía judicial. Su argumento principal era que el despido se había producido como consecuencia directa de su estado de salud, lo que constituiría un caso de discriminación por motivos médicos, algo prohibido por la legislación laboral española. Solicitó la nulidad del despido, su inmediata readmisión y una indemnización superior a la ofrecida.

El Juzgado de lo Social número 3 de Pontevedra desestimó su demanda en primera instancia, considerando que no se había probado que la enfermedad fuera la causa real y exclusiva de la extinción de la relación laboral. El trabajador recurrió entonces ante el TSXG, que ha confirmado ahora la decisión del juzgado.

El tribunal: «No hay indicios de que la salud fuera la causa exclusiva»

En su sentencia, el tribunal gallego subraya que, para declarar la nulidad de un despido por discriminación, es necesario acreditar que la salud del trabajador fue la causa real y exclusiva de la decisión empresarial. En este caso, los magistrados consideran que no existen pruebas suficientes para sostener esa tesis.

Además, el tribunal valora otros factores que, a su juicio, refuerzan la versión de la empresa. En primer lugar, la compañía no contrató a ningún sustituto para cubrir el puesto del trabajador despedido, lo que indicaría que la medida formaba parte de un ajuste general y no una acción específica contra el empleado enfermo. En segundo lugar, la empresa aportó documentación que acreditaba pérdidas económicas en los ejercicios 2023 y 2024, sumado a la caída estacional de actividad propia del sector hostelero.

Un caso que aviva el debate sobre la protección laboral

Este fallo ha reavivado el debate sobre hasta qué punto la legislación laboral protege a los trabajadores en situación de baja médica. Por un lado, la ley prohíbe expresamente los despidos por motivos de salud, pero, por otro, permite los despidos objetivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se respeten los derechos del trabajador.

En este sentido, la sentencia del TSXG establece que, si la empresa puede demostrar que la decisión de despido se enmarca en una reestructuración general y no responde a un acto de discriminación, el despido será legal, aunque el trabajador afectado se encuentre de baja médica.

La posición de los sindicatos y expertos

Desde los sindicatos, se ha criticado que este tipo de sentencias puedan abrir la puerta a que las empresas aprovechen las reestructuraciones para deshacerse de trabajadores enfermos sin asumir mayores costes. Argumentan que, aun cuando no se demuestre una discriminación directa, el mero hecho de que el trabajador afectado esté de baja médica puede ser suficiente para considerar que existe un riesgo de vulneración de sus derechos.

Por su parte, los expertos en derecho laboral recuerdan que la carga de la prueba recae en el trabajador para demostrar que la salud fue la causa real y exclusiva del despido. Si no puede acreditarlo, la empresa puede ampararse en causas organizativas o económicas siempre que cumpla con los requisitos legales y ofrezca las indemnizaciones correspondientes.

Un precedente con implicaciones para el sector hostelero

El sector hostelero es uno de los más afectados por la estacionalidad y las fluctuaciones de la demanda, lo que explica que las reestructuraciones y los ajustes de plantilla sean relativamente frecuentes, especialmente al término de la temporada alta. Esta sentencia podría servir como precedente para futuros casos en los que un trabajador en situación de baja médica sea despedido en el contexto de una reorganización empresarial.

No obstante, los expertos advierten de que cada caso debe analizarse de forma individual, ya que la prueba de la causalidad entre la salud y el despido es clave para determinar si existe o no discriminación.

La importancia de la prueba documental

Uno de los aspectos más destacados de la sentencia es la relevancia que se otorga a la prueba documental aportada por la empresa. La documentación que acredita las pérdidas económicas y la caída de la actividad fue decisiva para que el tribunal rechazara la demanda del trabajador. Esto subraya la importancia de que las empresas mantengan un registro actualizado de su situación financiera y organizativa, especialmente cuando se enfrentan a decisiones delicadas como el despido de un trabajador enfermo.

El camino judicial se agota para el trabajador

Con esta sentencia, el trabajador ha agotado la vía judicial en Galicia. Aunque podría intentar recurrir ante el Tribunal Supremo, las posibilidades de éxito son escasas si no logra aportar nuevas pruebas que demuestren que su salud fue la causa real y exclusiva del despido.

Consecuencias para el trabajador y la empresa

Para el trabajador, la sentencia implica que deberá conformarse con la indemnización ya percibida y buscar un nuevo empleo. Para la empresa, el fallo supone una validación legal de su decisión y un respaldo a la hora de acometer futuras reestructuraciones, siempre que pueda demostrar su necesidad y que no respondan a criterios discriminatorios.


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